¿Importas mercancías agroalimentarias? Conoce las simplificaciones de trámites en SENASICA vigentes en 2025
- Laura Camara
- hace 2 días
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El 25 de marzo de 2025 fue publicado en el DOF el “Acuerdo por el que se simplifican los trámites que se realizan ante el Servicio Nacional de Sanidad, Inocuidad y Calidad Agroalimentaria (SENASICA), Órgano Administrativo Desconcentrado de la Secretaría de Agricultura y Desarrollo Rural”.
En la reforma de este instrumento normativo destacan las acciones de simplificación que se indican:
Simplificación y modernización con relación a la fusión de los trámites proporcionados por el SENASICA, relacionados con la obtención del Certificado para Importación en sus diferentes modalidades (fitosanitario, zoosanitario y de sanidad acuícola), así como modernizar, presentaciones de Avisos de Movilización avícola y de caballos.
Contempla la homoclave SENASICA 03-012 de la “Solicitud para la obtención del Certificado para Importación”, la cual fusiona a las homoclaves, incluyendo sus requisitos:
Homoclave del trámite | Solicitud para la obtención del Certificado para Importación |
SENASICA-03-012-A | Modalidad: Certificado Fitosanitario para Importación. |
SENASICA-03-012-B | Modalidad: Certificado Zoosanitario para Importación. |
SENASICA-03-012-C | Modalidad: Certificado de Sanidad Acuícola para Importación. |
Contempla la homoclave SENASICA-01-060-B del “Aviso de movilización avícola Modalidad: Para mercancía avícola en materia de Influenza Aviar Notificable” y sus requisitos.
Contempla la homoclave SENASICA-01-060-B del “Aviso de movilización de caballos Modalidad: Aviso de movilización para caballos de deporte y espectáculos” y sus requisitos.
También se establece que la gestión de trámites se realizará a través de la Ventanilla Digital.
Para el cumplimiento de las medidas y requisitos fitosanitarios, zoosanitarios y acuícolas para la importación, el interesado deberá acudir a los Módulos de consulta de requisitos que se indican:
Tipo de mercancía | Módulos de consulta de requisitos |
Mercancías de origen fitosanitario | |
Mercancías zoosanitarias | |
Mercancías acuícolas y pesqueras | |
Avisos de movilización | http// www.gob.mx/senasica |
El Acuerdo entrará en vigor a partir del siguiente día hábil que sea publicado en el DOF. Adicionalmente, las autoridades competentes realizan las adecuaciones a la normatividad y a los procedimientos dentro del plazo de 180 días hábiles.

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